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Publicidad Activa

El Colegio debe publicar la información sujeta a las obligaciones de transparencia en su sede electrónica o página web (Portal de la Transparencia) y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y, preferiblemente, en formatos reutilizables.

Deben establecer los mecanismos adecuados para facilitar la accesibilidad, la interoperabilidad, la calidad y la reutilización de la información publicada así como su identificación y localización.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley de Transparencia, tanto la información como los datos que se relacionan tienen carácter de MÍNIMOS, pudiendo ampliarlos a otros en la medida en que sean muy demandados o su entidad considere conveniente hacerlos públicos.

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