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Recursos Humanos

En el ámbito regional, la Ley 6/1999, de 4 de noviembre, de los Colegios Profesionales de la Región de Murcia, define los Colegios Profesionales y los Consejos de los Colegios, como corporaciones de Derecho Publico sujetos al Derecho Administrativo, con las únicas excepciones de las cuestiones de índole civil o penal y las relaciones con su personal contratado sujetas a la jurisdicion social.

 

Naturaleza y tipo de plantilla:

En el caso del Excelentisimo Colegio Oficial de Graduados sociales de Murcia,  la totalidad de su plantilla esta sujeta a la jurisdicion social, no existiendo en dicha plantilla ni altos cargos , ni personal de alta dirección sujeto a relaciones laborales de carácter especial del personal de alta dirección regulados por el R.D. 1382/85 de 1 de agosto (B.O.E. 12 - VIII), vinculados al colegio por otro tipo de relación que no sea estrictamente laboral.

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En la actualidad (Julio 2023), la plantilla del Excmo. Colegio Oficial de Gradaudos Sociales de la Región de Murcia, esta compuesta por: 2 personas a jornada completa, 1 persona a tiempo parcial (62,5 % de la jornada), y 2 personas a jornada completa, pero con una reducción de jornada del 37,5 %, por cuidado de hijos menores.

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Retribuciones:

En cuanto a las retribuciones de la plantilla, estas quedan establecidas  legalmente en el Convenio Colectivo del Sector, donde quedan definidas las distintas categorías profesionales y sus correspondientes retribuciones.

Aparte de lo establecido en el párrafo anterior, todos los años, son aprobados por el máximo órgano de gobierno del colegio, que es su Asamblea General, los presupuestos para la gestión del año en curso, quedando segregada específicamente la partida de gastos de personal, incluyendo las retribuciones de la plantilla y sus respectivas cotizaciones a la Seguridad Social.

 

Provisión de puestos de Trabajo:

La provision de los puestos de trabajo del personal del Colegio, se viene haciendo en su totalidad, mediante un acuerdo de la Junta de Gobierno del Colegio, en el que una vez detectada la necesidad de ampliar con carácter fijo o temporal la plantilla del colegio, se acuerda la contratación de una persona y se encarga a Gabinete externo de psicólogo/s especializados en selección de personal, haciéndoles el encargo de un proceso de selección.

 

Una vez concluido su trabajo, se presentan aproximadamente tres candidaturas a la Junta de Gobierno del Colegio, y tras diferentes reuniones con la comisión permanente y la realización de una prueba selectiva, se toma la decisión por el candidato/a mas idóneo/a para cubrir el puesto.

 

La única excepción a este método, se hizo en el año 2008, para cubrir una plaza de  auxiliar administrativo, y se optó por la contratacion de una persona que acababa de realizar sus practicas curriculares correspondientes al Grado superior de Administración y Finanzas de FP, y al comprobar in situ, su alto grado de idoneidad para cubrir la vacante sobrevenida en ese momento, se acordó formalizar la contratación directamente, sujetándola eso si a su correspondiente periodo de prueba establecido legalmente.

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Info Institucional
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